domingo, 9 de septiembre de 2007

En la semana de Sarmiento (II)

SARMIENTO Y CHILE

Los textos que se pueden
leer a continuación
son todos hijos de la
reputada pluma de Sarmiento.

“He contribuido con mis escritos aconsejando con tesón al gobierno chileno a dar aquel paso. Magallanes pertenece a Chile y quizás toda la Patagonia. No se me ocurre, después de mis demostraciones, cómo se atreve el gobierno de Buenos Aires a sostener ni mentar siquiera sus derechos. Ni sombra, ni pretexto de controversia queda”.
(“El Progreso”, diario chileno dirigido por Sarmiento, 28 de noviembre de 1842).


“Que no suene más el nombre de los argentinos en la prensa chilena; que los que en nombre de aquella nacionalidad perdida ya habían levantado la voz guarden un silencio respetuoso; que se acerquen a los que por ligereza u otros motivos los habían provocado; y les pidan amigablemente un rincón en el hogar doméstico, de lo que en lo sucesivo serán, no ya huéspedes, sino miembros permanentes… Ahora, no hay más patria que Chile; para Chile debemos vivir solamente y en esta nueva afección, deben ahogarse todas las antiguas afecciones nacionales… Fundámonos en intereses e ideas con las nacionales, participemos de sus afecciones, de sus costumbres y de sus gustos. Hagámonos dignos de ser admitidos entre los individuos de la gran familia chilena y conquistemos la nacionalidad por la moralidad de nuestras costumbres, por nuestra laboriosidad y por nuestros servicios a la causa de la libertad y de la civilización que en Chile como en cualquier otra sección americana tiene amigos y partidarios”.
(“El Progreso”, diario chileno dirigido por Sarmiento, 11 de enero de 1843).


“La cuestión de Magallanes nos interesa bajo otro aspecto que no es puramente personal. En 1842, llevando adelante una idea que creíamos fecunda en bienes para convicción de que aquel territorio era útil a Chile e inútil a la República Argentina.
“Téngase presente además, que todas las cartas geográficas hechas en Europa, ponen los límites a la República aquélla, el Río Negro al Sud, demarcando separadamente la Patagonia como país distinto, y aunque este hecho no constituya derechos en favor de nadie, muestra ya la opinión de todos los pueblos con respecto a aquellos parajes, que la colonización española no ha ocupado; y no sabemos si sería obra de caridad arrebatar el terreno para poblarlo, a un gobierno como el argentino, que no es capaz de conservar poblado el que le dejó sometido y pacificado la España”.
(“La Crónica”, de Santiago de Chile, 29 de abril de 1849)


“El primer principio de equidad que ha de consultarse es éste: Un territorio limítrofe pertenecerá a aquel de los dos Estados a quien aproveche su ocupación, sin dañar ni menoscabar los intereses del otro.
“Este principio, seguido en todos los tratados de demarcación de límites de países despoblados tiene su completa aplicación en Magallanes. El Estrecho es una vía necesaria, indispensable de comunicación para Chile; es uno de sus caminos para Europa que le interesa aclarar, asegurar, poblar, para mejorar su comercio.
“Para Buenos Aires el estrecho es una posesión inútil… Quedaría por saber aún, si el título de erección del Virreinato de Buenos Aires expresa que las tierras del sud de Mendoza y poseídas aún hoy por chilenos, entraron en la demarcación del virreinato, que a no hacerlo, Chile pudiera reclamar todo el territorio que media entre Magallanes y las provincias de Cuyo… ¿Qué haría el Gobierno de Buenos Aires con el Estrecho de Magallanes…? Que pueble pues el Gobierno de Buenos Aires el Chaco, el Sud hasta el Colorado y el Negro, que dé seguridad a sus fronteras, que allane las dificultades del comercio interior; que regularice las leyes de aduana y deje el Estrecho a quien lo posee con provecho y no podrá abandonarlo sin mengua. Ningún interés nacional lo lleva a aquel punto, que a dejarlo Chile, le recuperarían los bárbaros, sin que el Gobierno de Buenos Aires tenga interés para hacer las erogaciones que demanda la ocupación de aquel país, remoto, frígido e inhospedable”.
(“La Crónica”, de Santiago de Chile, 11 de marzo de 1849)

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